Escritura de compra de La Vídola
Escritura de compra de La Vídola

Uno de los acontecimientos más importantes de la historia reciente de La Vídola lo constituye, sin duda, la compra del pueblo por parte de sus habitantes a los hasta entonces propietarios.

 

Esta compra tiene lugar el trece de enero de mil novecientos veintitrés en Salamanca, ante D. José de Prada y Lagarejos, Abogado y Notario del Ilustre Colegio de Valladolid, Distrito de Salamanca.

 

De acuerdo con la primera copia de la escritura, que obra en el Archivo del Ayuntamiento, comparecieron, como vendedores D. Nicolás D'Arcangues y Ugarte, vecino y domiciliado en Villafranque, departamento de los Bajos Pirineos, en la República Francesa; y también D. Marcelino Sánchez-Ventura y López.

 

En la parte de los compradores comparece, en primer lugar, D. Daniel Martín Herrero, vecino y Párroco de La Vídola, y a continuación la escritura cita una lista de vecinos comparecientes.

 

De acuerdo con lo que el documento expone, a Doña María del Pilar Jabat y Magallón (en cuya representación actúa D. Marcelino Sánchez-Ventura y López) y D. Nicolás d'Arcagues y Ugarte, les pertenece a la primera el usufructo y al segundo la nuda propiedad de [...] EL LUGAR Y TÉRMINO REDONDO DE LA VÍDOLA, que forma Concejo, y Distrito Municipal en la provincia de Salamanca, partido judicial de Vitigudino.

 

De acuerdo con la escritura, el término se divide en un conjunto de partes (más de cuatro mil) y los vecinos entonces residentes (hasta un total de 91) se convierten en propietarios del mismo en diferentes proporciones, y por diferentes precios.

 

En total [...] el precio convenido de la venta del lugar término redondo de LA VÍDOLA, es el de seiscientas cuarenta y cinco mil setecientas sesenta y dos pesetas [...]. De ellas, cuarenta y cinco mil setecientas sesenta y dos se pagan al contado, recibiendo tres cuartas partes de ese importe el nudo propietario y la otra cuarta parte la usufructuaria.

 

El resto del pago, que supuso seiscientas mil pesetas, quedó aplazado para su abono final el día 30 de septiembre del mismo año 1923, [...] en esta ciudad de Salamanca, en la Casa de Banca o Establecimiento de crédito o a la persona que previamente designen los Señores vendedores [...]

 

Este importe aplazado queda sujeto, por el tiempo del plazo, a un interés del cinco por ciento anual, que se pagará conjuntamente con el principal adeudado; y el término, por este tiempo, queda hipotecado en favor de los acreedores.

 

A cambio del pago Los señores Don Nicolás d'Arcangues y Ugarte y Don Marcelino Sánchez Ventura y López, cada uno en la representación que ostenta, ceden y transmiten el término redondo de LA VÍDOLA, a los compradores, con cuanto lo constituye, suelo y vuelo, sin reservarse en él cosa alguna y entran desde hoy los adquirentes en su posesión y disfrute mediante el otorgamiento de esta escritura, sin necesidad de ningún otro acto.

 

Al final del documento reza una anotación del registrador que indica:

 

Hecha la cancelación a que se refiere el precedente documento, en el tomo primero del Ayuntamiento de La Vídola, al folio catorce vuelto, finca número uno, inscripción quinta. Vitigudino a 17 de enero de 1924. El Registrador